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Nuevamente, el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Vigo nos ha dado la razón el pasado 5 de noviembre de 2021, anulando una multa que había sido impuesta por circular a 72 km/h en un tramo de la vía limitado a 50 km/h, imponiendo en consecuencia una sanción de 300 euros y retirada de dos puntos. Ahora, al decretar la Sentencia la obligatoria aplicación de los márgenes establecidos para este tipo de radares, la sanción pasaría a ser de 100 euros y sin retirada de puntos.

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