Contratación del Sector Público
- Pliegos de contratación
- Recurso especial en contratación
- Formación
- Expertise
Pliegos de contratación
Desde Adenda prestamos asistencia jurídica a entidades del sector público a preparar pliegos de cláusulas administrativas y de prescripcioenes técnicas particulares con el objetivo de realizar licitaciones que cumplan con los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad.
Ayudamos a escoger los procedimientos de licitación más adecuados y ágiles, asesorando en la elección de criterios de adjudicación, elaboración de fórmulas y clausulas sociales.
Recurso especial en materia de contratación
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, regula un recurso, de caracter administrativo, pero que resuelven órganos especializados e independientes, en plazos cortos y sin costes para el licitador.
Es evidente que los Tribunales Administrativos para la resolución de los recursos especiales en materia de contratación han contribuido de forma decisiva a facilitar a las empresas que licitan su acceso al recurso, sin tener que acudir a la vía judicial pero accediendo a un órgano especializado e independiente.
Sin duda las empresas han perdido el miedo a recurrir o a las posibles represalías por los órganos de contratación, como así lo demuestran las memorias que los Tribuanles administrativos de contratación pública elaboran anualmente.
En Galicia, el denominado TACGAL, ha resulto recursos contractuales por importe de 1.800 millones (2024), y uno de cada tres recursos obtienen la estimación.
Las causas más comunes de los recursos son las exclusiones de la licitación de una empresa, la impugnación de pliegos de clausulas administrativas o de prescripciones técnicas, la propia valoración de los criterios de adjudicación o las justificación de las bajas anormales o desproporcionadas.
A pesar de todo, se sigue solicitando por parte de los profesionales de la contratación que se abra este recurso a otros contratos de menor importe, ya que actualmente solo pueden acceder determinados contratos. Y es que este tipo de recursos tiene grandes ventajas, como las siguientes:
- Estos Tribunales son órganos altamente especializados,
- Resuelven en tiempos récord
- En muchos casos los procesos de licitación quedan en suspenso durante la tramitación del recurso, lo que impide la consumación de situaciones de hecho dificiles de deshacer a posteriori.
- Además no se imponen costas, aunque si es posible la imposición de multas en casos de temeridad o mala fe en la interposición del recurs
Formación
Desde Adenda organizamos diversos cursos especializados y formación «in house» para Admininistraciones Pública, empresas y entes del sector público, con el objetivo de especializar a su personal en esta ardua materia, con una combinación de clases teóricas y casos prácticos.
Algunos de nuestros clientes son:
- Ineco
- Deputación de Ourense
Expertise
Diego Estévez García es Abogado y consultor jurídico especializado en Administración Pública con más de 15 años de experiencia y colabora con diversas publicaciones y artículos doctrinales con el Observatorio de Contratación Pública.
Se puede consultar aquí: https://www.obcp.es/colaboradores/diego-estevez-garcia
Una puerta abierta a la contratación pública nacional e internacional.
La contratación pública representa alrededor de 20 % del PIB de España. En últimos años, la regulación jurídica de esta materia ha sufrido numerosas modificaciones, algunas de importante calado, para adaptarse tanto a la situación de crisis económica como para cumplir con las exigencias del Derecho europeo. En este escenario nació el Observatorio de Contratación Pública en octubre de 2011. La visión estratégica de la contratación pública, su directa relación con políticas públicas así como el proceso de adaptación al derecho europeo refuerzan la vocación del proyecto inicial.
No hay caducidad de la acción de reposición de legalidad cuando estamos ante usos o actividades ilegales
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Tras la anulación de la anterior decisión de adecuación, denominada Privacy Shield (escudo de privacidad) por el Tribunal de Justicia