Los profesores interinos no pueden ser cesados en las vacaciones de julio y agosto

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Los profesores interinos no pueden ser cesados en las vacaciones de julio y agosto alegando que ya no concurren las causas de su nombramiento, que son la urgente necesidad, ya que implica un trato discriminatorio frente al resto de personal, ya sea laboral fijo o funcionario de carrera. De hecho, los profesores no solo imparten clase sino que realizan otras labores de claustro que se realizan precisamente en esos meses en lo que no hay clases, y en las que los interinos no pueden participar por esta situación. 

Si eres interino y estas en esta situación, puedes recurrir el cese y deberán reintegrarte las cantidades no percibidas, cotizaciones, etc…

Esto ya lo había establecido el Tribunal Supremo en su sentencia de 11 de junio de 2018, y recientemente ha sido aplicado también en por el TSJ Madrid en la Sentencia 348/2019. 

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Adenda Consultoría Jurídica S.L.

Diego Estévez
Consultor Jurídico e IT

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