Acogerse a la reducción de una sanción no impide acudir a la vía contenciosa pero… lo vas a tener complicado

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Interesantísima Sentencia sobre las implicaciones de acogerse a las reducciones en materia sancionadora en relación con la interposición de recursos.

El Tribunal Supremo indica que la renuncia a la que se accede al acogerse a la reducción afecta solamente a la via administrativa. Hasta aquí todo correcto.

Y ahora viene lo más interesante: dice la Sala que, si bien se puede acudir a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, el interesado debe asumir que será muy complicado impugnar con éxito en la via judicial, ya que ha reconocido su responsabilidad, y por tanto se aplican los principios de buena fe y de vinculación a los propios actos. Es por ello que tendremos que justificar muy bien en que basamos nuestro recurso, puesto que hemos reconocido nuestra responsabilidad y culpabilidad en la comisión de la infracción.

Os dejo la sentencia aquí: 

Diego Estévez
Consultor Jurídico e IT

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