Ayer día 18 de mayo, la Agencia Española de Protección de Datos ha publicado la actualización de su Guía sobre protección de datos en las relaciones laborales, lo que sin duda es una estupenda noticia dado que es un documento de gran utilidad por ser el ámbito laboral uno de los más delicados en cuanto a la protección de datos se refiere.
Esta nueva actualización recoge importantes novedades como:
- consulta por parte del empleador de las redes sociales en el marco de los procesos de selección de personal
- los sistemas internos de denuncias (Whistleblowing) derivado de la Directiva comunitaria y muy relacionado con el Compliance
- el registro de la jornada laboral introducido en la modificación operada por el El Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo.
- la protección de los datos de las víctimas de acoso en el trabajo o de las mujeres supervivientes a la violencia de género
- el uso de la tecnología wearable como elemento de control (móviles, dispositivos de geolocalización, relojes inteligentes,…)
- incluso el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial
- la protección de los datos de los beneficiarios de ayudas de acción social
Esta Guía viene a completar el Dictámen 2/2017 que ya había elaborado el Grupo de Trabajo del art. 29, actual Comite Europeo de Protección de Datos, sobre tratamiento de datos en el trabajo.